| REQUISITOS
PARA LA INSCRIPCIÓN EN INTERINATOS Y SUPLENCIAS Fecha
de Inscripción: del 2 al 30 de junio
de cada año
 a) Solicitud de 
Inscripción (por duplicado)b) Fotocopia del título y Analítico Legalizado por el Ministerio del Interior – 
Títulos de Educación Secundaria y de
 Educación Superior emitidos por el Sistema Federal de Títulos a partir del 1° de 
enero del 2010 quedan
 exceptuados de la legalización del Ministerio del Interior.(*)
 c) Fotocopia de otros Títulos.
 d) Fotocopia de servicios docentes prestados en otras provincias (**).
 e) Fotocopia del certificado ó partida de nacimiento.
 f) Fotocopia del Certificado de Buena Conducta.
 g) Fotocopia del Certificado de Residencia
 h) Fotocopia del Certificado de Domicilio.
 i) Certificado de Antecedentes Penales del año en curso – Enlace: https://www.argentina.gob.ar/justicia/reincidencia
 j) Fotocopia del D.N.I. (con domicilio actualizado).
 k) Fotocopia de cursos y otros antecedentes valorables (mínimo siete (07) horas 
reloj ó diez (10) horas cátedra).
 l) Carpeta colgante.
 IMPORTANTE:
 La documentación debe presentarse en original y copia o bien estar debidamente 
autenticada por autoridad competente.
 (*) Los títulos y analíticos deben estar certificados por Reconocimiento de 
Títulos – Comunicarse al teléfono: 02901577960
 (**) Los servicios prestados en otras provincias deben tener: fecha de alta-baja 
y concepto profesional, en caso de que no conste en la
 planilla de Concepto, deberá adjuntar fotocopia autenticada del Cuaderno de 
Actuación Profesional de los años detallados en las
 prestaciones. Las prestaciones deben ser refrendadas por el Ministerio del 
Interior (25 de Mayo 101-Capital Federal).
 El certificado de Aptitud Psicofisica extendido por la Dirección de 
Fiscalización Sanitaria, deberá presentarse en un plazo no mayor de
 cuarenta y cinco (45) días a partir de la fecha de toma de posesión del cargo. 
(Resolución M.E.y.C.Nº 050/00 Art. 2º Inc “e”).
 En el caso de los extranjeros deberán presentar original y copia de la Carta de 
Ciudadania y acreditar mínimo cinco (5) años de residencia
 en el país. Ley 631 Cap. VI Art.9º Inc “a”.
 Las constancias de título en trámite tienen validez por seis (06) meses.
 La Solicitud de Inscripción tiene carácter de Declaración Jurada, por lo que 
debe estar completa y firmada, caso contrario no será
 considerada.
 
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