REQUISITOS
PARA LA INSCRIPCIÓN EN INTERINATOS Y SUPLENCIAS
Fecha
de Inscripción: del 2 al 30 de junio
de cada año
a) Solicitud de
Inscripción (por duplicado)
b) Fotocopia del título y Analítico Legalizado por el Ministerio del Interior –
Títulos de Educación Secundaria y de
Educación Superior emitidos por el Sistema Federal de Títulos a partir del 1° de
enero del 2010 quedan
exceptuados de la legalización del Ministerio del Interior.(*)
c) Fotocopia de otros Títulos.
d) Fotocopia de servicios docentes prestados en otras provincias (**).
e) Fotocopia del certificado ó partida de nacimiento.
f) Fotocopia del Certificado de Buena Conducta.
g) Fotocopia del Certificado de Residencia
h) Fotocopia del Certificado de Domicilio.
i) Certificado de Antecedentes Penales del año en curso – Enlace: https://www.argentina.gob.ar/justicia/reincidencia
j) Fotocopia del D.N.I. (con domicilio actualizado).
k) Fotocopia de cursos y otros antecedentes valorables (mínimo siete (07) horas
reloj ó diez (10) horas cátedra).
l) Carpeta colgante.
IMPORTANTE:
La documentación debe presentarse en original y copia o bien estar debidamente
autenticada por autoridad competente.
(*) Los títulos y analíticos deben estar certificados por Reconocimiento de
Títulos – Comunicarse al teléfono: 02901577960
(**) Los servicios prestados en otras provincias deben tener: fecha de alta-baja
y concepto profesional, en caso de que no conste en la
planilla de Concepto, deberá adjuntar fotocopia autenticada del Cuaderno de
Actuación Profesional de los años detallados en las
prestaciones. Las prestaciones deben ser refrendadas por el Ministerio del
Interior (25 de Mayo 101-Capital Federal).
El certificado de Aptitud Psicofisica extendido por la Dirección de
Fiscalización Sanitaria, deberá presentarse en un plazo no mayor de
cuarenta y cinco (45) días a partir de la fecha de toma de posesión del cargo.
(Resolución M.E.y.C.Nº 050/00 Art. 2º Inc “e”).
En el caso de los extranjeros deberán presentar original y copia de la Carta de
Ciudadania y acreditar mínimo cinco (5) años de residencia
en el país. Ley 631 Cap. VI Art.9º Inc “a”.
Las constancias de título en trámite tienen validez por seis (06) meses.
La Solicitud de Inscripción tiene carácter de Declaración Jurada, por lo que
debe estar completa y firmada, caso contrario no será
considerada.
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